Autoridades

La Caja de Previsión para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia del Chaco fue creada mediante la Ley 552-H con el objetivo de garantizar la seguridad social de los profesionales matriculados en el Consejo Profesional de Ingeniería y Profesiones Afines de la Provincia del Chaco, Consejo Profesional de Agrimensura del Chaco, Colegio Profesional de Arquitectura y Urbanismo de la Provincia del Chaco, Colegio Profesional de Técnicos del Chaco, Consejo Profesional de Ingenieros Agrónomos del Chaco, Colegio de Psicólogos del Chaco y el Consejo de Ciencias Forestales del Chaco. Su finalidad esencial es ejercer el principio de solidaridad social, proporcionando asistencia previsional en condiciones dignas y justas.

Su finalidad esencial es ejercer el principio de solidaridad social, proporcionando asistencia previsional en condiciones dignas y justas.

La Caja cuenta con personería jurídica y autonomía administrativa y financiera, permitiéndole gestionar los aportes y beneficios de sus afiliados conforme a la normativa vigente.

Según la Ley 552-H, el gobierno y administración de la Caja está a cargo de un Directorio, integrado por representantes de las distintas ramas profesionales incluidas en el sistema.

Miembros del Directorio

PRESIDENTE

Arq. Gustavo Alberto Beveraggi

VICEPRESIDENTE

Agrim. Edgar Cipriano Sánchez

Tesorero

Ing. Zulema Lilian Navarro

Secretario

MMO. Ángel Bernardo Jiménez

Representante de los Jubilados

Ing. Roberto Oscar Tusman

Síndicos

Titular

Arq. Carlos Alberto Rivarola

Suplente

Agrim. Edgar Cipriano Sánchez

Directores Suplentes

• Arq. Carlos Walter Meza
• Agrim. Marisel Teresita Ferrer
• Ing. Eugenio Miguel Ángel Imfeld
• MMO. Eduardo Fabián Ventos
• Ing. Federico M.G. Schoenemann

Directores Suplentes Alternos

• Arq. Leticia Ros
• Agrim. Santiago Andrés Contardi Cabral Castella
• Ing. Andrea Susana Medina
• MMO. Miriam Silvana Galassi
• Arq. Luis Vicente Galli

Funciones del Directorio

El Artículo 25 de la Ley 552-H establece las funciones del Directorio, que incluyen:
• Interpretar y aplicar la Ley 552-H y su reglamentación.
• Otorgar y/o denegar los beneficios previstos en la normativa vigente.
• Administrar los recursos financieros de la Caja, incluyendo aportes y contribuciones de los afiliados.
• Proponer reglamentos internos para el funcionamiento de la institución.
• Designar personal administrativo y elaborar el presupuesto anual de la entidad.

El Artículo 25 de la Ley 552-H establece las funciones del Directorio, que incluyen:
• Interpretar y aplicar la Ley 552-H y su reglamentación.
• Otorgar y/o denegar los beneficios previstos en la normativa vigente.
• Administrar los recursos financieros de la Caja, incluyendo aportes y contribuciones de los afiliados.
• Proponer reglamentos internos para el funcionamiento de la institución.
• Designar personal administrativo y elaborar el presupuesto anual de la entidad.

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